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Constitucion de 1823
1823:
Según la Constitución de 1823 el territorio de la República de Chile , se subdividía en gobiernos departamentales, delegaciones, subdelegaciones, prefecturas e inspecciones (Art. 190°). Las delegaciones equivalen a los antiguos partidos. Se establecen las municipalidades en todas las delegaciones y también en las subdelegaciones que se hallare conveniente. Las municipalidades corresponden a los antiguos cabildos.

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